Las empresas de 50 o más trabajadores en plantilla tienen la obligación, en base al cumplimiento del Real Decreto-Ley 6/2019 de 1 de marzo, de elaborar y registrar ante el Ministerio de Trabajo su Plan de Igualdad. Una asignatura que, no obstante y pese a su obligatoriedad, la gran mayoría de compañías incumplen.
En los registros de la autoridad laboral solo tienen constancia de 4.673 planes registrados hasta ese mes, es decir solo el 15,6% de las empresas implicadas en toda España han formalizado a tiempo sus obligaciones en esta materia. De no cumplir correctamente con la normativa, las compañías podrían llegar a incurrir en una “infracción muy grave”, que está sancionada con multas de entre 7.501 euros y 225.018 euros.
Se trata de una medida urgente para garantizar la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.
Hasta este 2022 la obligatoriedad de tener un plan de igualdad registrado en el REGCON del Ministerio de Trabajo solo interpelaba a las firmas de más de 100 trabajadores y desde el 7 de marzo se suman las de 50 empleados o más. Con esta regulación, se pretende erradicar la brecha laboral entre mujeres y hombres y acabar con las desigualdades por sexo en cuanto a la retribución, promoción interna, e infrarrepresentación. Esta obligación afecta tanto a empresas privadas como instituciones públicas y entidades sin ánimo de lucro.
Así mismo, empresas con menos de 50 empleados y empleadas en su plantilla también deberán implementar un plan de igualdad si así se regula en el Convenio Colectivo de aplicación.
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